Senado agrega figura de contaminación grave en proyecto de ley de delito ambiental

  • Considera eventuales afectaciones posteriores provocadas por el episodio en cuestión, ya sea a las personas o al medioambiente.

  • Un avance en la votación de las indicaciones que ingresaron al proyecto de ley de delitos ambientales se registró en la Comisión de Medio Ambiente del Senado.

En la sesión de ayer fueron aprobadas las indicaciones presentadas por los senadores Guido Girardi, Ximena Órdenes e Isabel Allende, las que, entre otras cosas, añadieron al proyecto la figura de "delito grave de contaminación" que incluye, además del daño ambiental propiamente tal, eventuales afectaciones posteriores, tanto a las personas como al medioambiente que esto pueda generar.

La indicación por grave contaminación considera sanciones de presidio menor en su grado medio y multas que van desde las UTM 100 (unos $4,9 millones) a UTM 5.000 (unos $245,2 millones).

En ese sentido, cabe recordar, que la iniciativa del Ejecutivo sólo incluía el delito por daño ambiental, el cual considera sanciones de presidio menor en su grado mínimo y multas desde UTM 100 a UTM 2.500 (unos $122,6 millones).

Ahora bien, en cuanto a las indicaciones presentadas por el gobierno, la comisión rechazó una propuesta que buscaba que los Tribunales Ambientales fueran los que acreditaran el daño ambiental, para que luego el Ministerio Público pudiese querellarse.

Con esta negativa, ahora el Ministerio Público podrá ejercer la acción penal sólo a partir de la comisión del hecho dañoso para el Medio Ambiente.

Con todo, se espera que la comisión finalice hoy la votación de las indicaciones, tras lo cual el proyecto pasaría a la Sala para ser votado en particular.

El socio de Cariola Díez Pérez-Cotapos, Martín Astorga, indicó que es preocupante que se dejara fuera la figura del Tribunal Ambiental para acreditar el delito.

"Es preocupante, porque el requisito de la preexistencia de una sentencia del Tribunal Ambiental buscaba mantener coherencia en el sistema jurídico y evitar sentencias contradictorias de distintos tribunales (ambiental y penal). Por otra parte, deja en manos de un tribunal penal el análisis de cuestiones esencialmente técnicas, respecto de las cuales puede no tener las capacidades necesarias para una adecuada resolución", dijo, añadiendo que con esto, "se abre el espacio para que cada justicia (penal y ambiental) tenga sus propios criterios de reproche respecto de los mismos hechos".

FUENTE: La Tercera
Fecha: 23-07-2019

Buscan incorporar delación compensada en ley de delito ambiental

  • Aún debe ser aprobada en comisión:

  • La propuesta fue elaborada en conjunto entre el Gobierno y los senadores, y apunta a evitar actuaciones inescrupulosas de los investigadores.

Sigue avanzando en la comisión de Medio Ambiente del Senado la votación del proyecto que busca tipificar el delito ambiental, del que aún restan analizar más de una veintena de indicaciones que fueron ingresadas en los últimos días a la iniciativa.

En ese escenario, el lunes pasado la ministra del Medio Ambiente, Carolina Schmidt, acordó con los senadores de la instancia trabajar en una propuesta para instaurar la figura de la delación compensada en la normativa.

"La ministra hizo un planteamiento para regular la persecución penal, ante un posible exceso de parte de los actores del Ministerio Público y ella está totalmente de acuerdo con la propuesta que le entregamos", explicó el senador y presidente de la comisión de Medio Ambiente, Guido Girardi, en la sesión de ayer.

El parlamentario agregó que se trata de una propuesta que va en el sentido de ayudar para que exista un consenso en el proyecto, en el cual han existido importantes diferencias entre senadores de gobierno y oposición.

En concreto, la iniciativa que tiene que ser estudiada por los parlamentarios para ser votada en la próxima sesión, instaura la figura de la delación compensada, mecanismo con el que se busca que no exista una persecución gratuita por el solo hecho de darse por iniciada una investigación, y que exista un freno en caso de que haya un fiscal inescrupuloso al frente de un caso en específico.

"Básicamente se busca que las personas se puedan autodenunciar ante la Superintendencia del Medio Ambiente, para así evitar que se dé inicio al delito ambiental, siempre que se cumpla con una serie de requisitos, y mientras no se incumplan los deberes que están dentro de esa delación", explica una fuente conocedora de la propuesta.

El caso de Osorno

Del mismo modo, ayer se aprobó la incorporación a la normativa de delito ambiental un par de artículos del Código Penal, tipificando de esta manera episodios como el ocurrido en las últimas semanas en la ciudad de Osorno, que a la fecha, no podría haber sido perseguido por el articulado propuesto inicialmente.

En la actualidad, solo se incluían eventos que contaminaran cauces naturales de agua, lo que no sucedió en Osorno, donde la afectación era a un cauce artificial. Es por esto que ayer se aprobó incorporar situaciones en las que exista una contaminación de las aguas o alimentos que se distribuyen en la población.

Con todo, si bien aún restan varias votaciones al respecto, la más importante tiene que ver con los artículos 13 y 14, en los cuales se establece la responsabilidad penal de los directivos y el de personalidad jurídica.

VOTACIÓN

En la próxima sesión se debe decidir la responsabilidad penal de los directivos.

FUENTE: El Mercurio
Fecha: 25-07-2019

Compartir artículo:

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *