Ciberseguridad
Privacidad digital y responsabilidad del usuario
- Reciente fallo de la Corte Suprema respaldó la idea que el usuario es el responsable de resguardar sus propias comunicaciones cuando utiliza equipos compartidos.
El fallo rechazó un recurso de protección presentado por un funcionario de Carabineros, quien alegó vulneración de sus derechos fundamentales tras descubrir que otra colega accedió e imprimió conversaciones de su WhatsApp desde un computador institucional compartido.
Tanto la Corte de Apelaciones como la Suprema concluyeron que la responsabilidad de proteger la información recae en el propio usuario, quien no cerró su sesión.
Controversia
El fallo ha generado un amplio debate en el ámbito legal, especialmente en lo que respecta a la expectativa de privacidad digital y el uso de equipos de trabajo compartidos, dado que algunos expertos lo valoran como un llamado de atención sobre el autocuidado digital, mientras otros lo ven como una peligrosa relativización del derecho a la privacidad.
Precedente
Aunque el caso se dio entre funcionarios públicos, se advierte que este criterio podría influir en futuras interpretaciones en entornos laborales, especialmente sobre el deber de diligencia en el manejo de datos personales en computadores institucionales, porque si bien el caso no ocurrió dentro de una relación empleador-trabajador, podría influir en futuras decisiones sobre el uso de tecnologías y la privacidad en entornos laborales.