Se dijo de ESG, medioambiente y sostenibilidad

La arista laboral de la Ley de Delitos Económicos que aumenta la responsabilidad de los empleadores

  • La Ley de Delitos Económicos y Atentados contra el Medio Ambiente ha generado debate en los ámbitos político y empresarial por las mayores exigencias y mayores penas que fija para directivos y gerentes en caso de transgresiones .

Entre los aspectos que han llamado la atención de los expertos está la arista laboral de la ley  destacan:

Cotizaciones
  • La legislación penaliza la apropiación o desvío de dinero de cotizaciones de seguridad social. Incluye el delito de omitir retener o pagar cotizaciones previsionales de un trabajador o declarar ingresos menores a los reales.
  • Las penas varían según el monto defraudado, de 1 a más de 40 UTM, con presidio y multas.
Salarios y salud de los trabajadores
  • Salarios
  • Se establece como delito pagar remuneraciones «manifiestamente desproporcionadas» y por debajo del salario mínimo, explotando la necesidad o inexperiencia del trabajador.
  • Penas de presidio de 61 días a 5 años, con incremento si el perjuicio es significativo.

Seguridad y salud ocupacional

  • Se incorporan como delitos económicos aquellos relativos a la negligencia en contra de las personas cometidos por imprudencia temeraria o por negligencia culpable. Si bien este tipo de delitos ya se encontraban regulados, la novedad está en que estos ahora serán considerados también como económicos.

  • Esta norma tendrá implicancias en el área de seguridad laboral, ya que los accidentes del trabajo podrían eventualmente ser considerados también delitos económicos si se acredita que hubo infracción a los deberes de cuidado y/o falta de mecanismos de prevención.

Delitos de segunda categoría
  • Las transgresiones laborales se consideran «delitos de segunda categoría», requiriendo estar relacionados con la posición o beneficio económico de la empresa.
Libertad de trabajo y multas
  • Algunos aspectos podrían ser inconstitucionales al restringir la libertad de trabajo.
  • Se imponen sanciones de suspensión o inhabilitación profesional además de multas que pueden afectar las remuneraciones, alguna de las cuales pueden llegar a ser una pena expropiatoria de las remuneraciones, por el altísimo monto que implica.

Tribunal Ambiental admite a trámite reclamación por proyecto Dominga

  • Fue admitida a trámite por el Primer Tribunal Ambiental la nueva reclamación de Andes Iron por el rechazo al proyecto minero portuario Dominga; la empresa señala que la resolución del Comité de Ministros es de carácter ilegal al contravenir el fallo del Primer Tribunal Ambiental.
Decisión política, no técnica

La firma destaca que la negativa al proyecto responde a decisiones políticas, no técnicas, porque Dominga ha superado repetidamente las exigencias más elevadas en materia ambiental, tanto en sede administrativa como judicial; posicionándolo como uno de los proyectos con escrutinio más intenso en la historia del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), dice el escrito.

Tribunal competente

La empresa afirma el tribunal ambiental es un tribunal especializado, facultado para pronunciarse sobre temas técnico-ambientales, contrario a lo sostenido por el Comité de Ministros respecto a la incapacidad de los tribunales ambientales para establecer directrices.

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