Covid-19: Proyecto para el retorno de trabajadores incluirá seguro obligatorio
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Para cubrir el copago del tratamiento del virus
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El proyecto también establece una licencia covid, que elimina la carencia de tres días de las licencias normales.
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Moción parlamentaria sobre Retomo Seguro fue acogida por el Gobierno y establece que la póliza será contratada con cargo al empleador.
Cuando inició el desconfinamiento y el retorno presencial de los trabajadores en el marco del "Plan Paso a paso", se presentaron en la comisión de Trabajo del Senado dos mociones para garantizar el retorno seguro a las labores.
En la idea original se asumía que el trabajo era lugar de contagio por covid y que al trabajador por defecto se le entregaría licencia por enfermedad profesional si contraía la enfermedad, con costo a las mutuales de seguridad e independiente de la trazabilidad.
Luego de varias negociaciones donde se argumentó sobre los altos costos para las mutuales y los riesgos de judicialización, la Confederación de la Producción y del Comercio (CPC) en acuerdo con la Conapyme plantearon la idea de un seguro que cubriera el copago del tratamiento de salud del trabajador contagiado.
La idea fue acogida por la comisión y respaldada por el Gobierno, y, asociado a ello, se acordó crear una licencia laboral covid, que elimina el período de carencia de 3 días de las licencias normales. En ese marco, el subsecretario de Previsión Social, Pedro Pizarra, presentó este miércoles las indicaciones.
¿Cómo sería el seguro?
Lo que ya está definido en las indicaciones es que tiene un carácter obligatorio, con cargo al empleador. Entre otros detalles, afirman fuentes de la industria, tendría un costo anual de entre $10 mil y $15 mil por trabajador, con una duración de 12 meses, muy parecido a los seguros automotores.
Señalan que si el trabajador es despedido, se "lleva" el seguro y si fallece por covid, tendría una cobertura estimada en 250 UF. Además, no tiene reaseguro internacional, de manera que los costos de que se gatillen serán cubiertos por las propias compañías.
Los pendientes
La indicación del Ejecutivo plantea que "los empleadores de trabajadores sujetos a contrato de trabajo estarán obligados a contratar un seguro covid-19 de salud para los trabajadores en actividad presencial, total o parcial", el que será exigible "una vez que entre en vigencia la ley que regulará dicho seguro, y que se haya depositado al menos una póliza" en la Comisión para el Mercado Financiero (CMF). Es decir, plantea una ley que perfila la mencionada póliza.
FUENTE: El Mercurio
Fecha: 10-10-2020