Empresas tendrán hasta octubre para adecuarse a teletrabajo
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En medidas de seguridad y salud, según decreto del Ejecutivo:
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De esta forma, la nueva norma cumplirá seis meses de plazo para que empleadores realicen ajustes y cumplan la regulación.
"Los trabajadores a distancia y los teletrabajadores tendrán iguales derechos y obligaciones en materias de seguridad y salud en el trabajo que cualquier otro trabajador, salvo aquellas adecuaciones que deriven estrictamente de la naturaleza y características de la prestación convenida".
Esa es una de las principales definiciones del reglamento de la Ley de Trabajo a Distancia que publicó el viernes el Ministerio del Trabajo en el Diario Oficial.
La normativa que viene a complementar la norma legal de trabajo remoto que empezó con su ejecución plena el pasado 1 de julio era esperada por el empresariado debido a que fija la obligación del empleador de gestionar los riesgos laborales.
La Sofofa, en un documento enviado la semana pasada a sus empresas socias, emplazó a implementar las medidas de salud, higiene y seguridad básicas, a pesar de no haber estado dictado el reglamento en esa fecha.
Gonzalo Contreras, abogado socio de Contreras y Aliaga, precisa que el decreto busca "aterrizar la forma en que será lleva¬do a cabo el principio de protección de la salud y de la seguridad de los trabajadores, a través de un sistema de autorregulación en que la autoridad administrativa entregará a los empleadores las herramientas para que las empresas confeccionen una "matriz de identificación de peligros y evaluación de riesgos. Se basa en que los empleados sean quienes expongan si en sus lugares de teletrabajo existen o no peligros a la salud o a su seguridad. Específicamente, se refiere a las condiciones ergonómicas y ambientales".
Advierte que "si bien se aprecia una intención de regular de forma activa y real la seguridad de los trabajadores que ejercen desde sus hogares, haciéndolos partícipes de la creación de esta 'matriz de peligros', todo queda entregado a esta autoevaluación no especializada de la existencia o no de ellos. Habrá peligros a la salud mental que probablemente no serán observados por trabajadores ni empleadores, de forma natural, como el trabajo repetitivo".
El Ministerio del Trabajo estableció que el decreto supremo entrará en vigencia 90 días después de su publicación en el Diario Oficial. Es decir, el cumplimiento de las medidas de higiene, salud y seguridad deberá estar operativo desde inicios de octubre.
La norma legal original dio plazo de tres meses a que los empleadores que operaban antes de su publicación bajo la modalidad de trabajo remoto, para adecuarse a la nuevas obligaciones como el derecho a la desconexión digital
FUENTE : El Mercurio
Fecha: 07-07-2020