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Protección de la identidad digital

  • La Cámara de Diputados aprobó en general el proyecto de ley que regula los deepfakes o representaciones digitales falsas creadas mediante inteligencia artificial que imitan la imagen, el cuerpo o la voz de personas.

La iniciativa, actualmente en primer trámite constitucional, busca proteger la identidad e integridad digital de personas naturales y jurídicas, estableciendo responsabilidades civiles, sanciones económicas y nuevas obligaciones para las plataformas digitales que operen en Chile.

La propuesta ha logrado un amplio respaldo político debido a la necesidad de enfrentar los riesgos derivados del uso malicioso de la IA; No obstante, especialistas y parlamentarios coinciden en que el texto aún requiere perfeccionamientos para equilibrar la protección de los derechos de las personas con la innovación tecnológica, precisando aspectos relacionados con la responsabilidad, la fiscalización, la proporcionalidad de las sanciones y el rol de las plataformas digitales.

Estado de la tramitación

Con la aprobación en general de la Cámara de Diputados por 128 votos a favor, 2 en contra y 5 abstenciones, el proyecto que aborda las llamadas «representaciones digitales verosímiles, pero falsas» generadas con IA, regresa a la Comisión de Futuro para su discusión en particular debido a las indicaciones presentadas.

Específicamente la iniciativa busca penar la simulación de imagen; voz; cuerpo; u otros rasgos identificatorios de una persona natural o jurídica, cuando puedan inducir a engaño o afectar su honra o reputación.

Medidas judiciales

Las personas afectadas podrán solicitar el retiro del contenido; medidas cautelares urgentes; indemnización por daños; y acciones destinadas a impedir que continúe el perjuicio cuando exista riesgo de daño irreparable.

Excepciones contempladas

El proyecto excluye contenidos que correspondan a sátira; parodia; crítica; o expresión artística, siempre que no induzcan a engaño; no afecten la honra; y estén claramente identificados como contenidos generados mediante IA.

Obligaciones para plataformas digitales

Entre las principales exigencias destacan designar un representante legal en Chile; disponer de canales de denuncia; identificar mediante etiquetas visibles el contenido generado o alterado con IA; y colaborar en la gestión de denuncias.

Sanciones

La futura Agencia de Protección de Datos Personales podrá aplicar multas, tanto en personas naturales como jurídicas, de entre 5.000 UTM y 10.000 UTM, equivalentes a $358 millones y $716 millones, al cambio actual.

Aspectos valorados por los especialistas

Existe consenso respecto de que Chile carece actualmente de una regulación específica sobre deepfakes. y que la iniciativa, al llenar un vacío legal importante, reconoce explícitamente el derecho a la integridad digital frente a contenidos falsificados.

Informe anual sobre equidad de género

  • Con fecha 23 de julio y entrada en vigencia inmediata, el Gobierno publicó una nueva ley que incorpora al Código del Trabajo la obligación de que determinadas empresas elaboren un informe anual sobre equidad de género, con el objetivo de aumentar la transparencia respecto de la participación femenina, la brecha salarial y las políticas de inclusión laboral.

La norma, originada en una moción parlamentaria presentada en 2023, obliga a reportar a las empresas de 200 o más trabajadores, y a las de 50 o más trabajadores pertenecientes a sectores específicos, entre ellos minería, energía, construcción, transporte, investigación y desarrollo y financiero.

El informe deberá enviarse cada año a la Dirección del Trabajo y mantenerse disponible públicamente en los sitios web de las empresas.

Aunque la ley no contempla sanciones explícitas por incumplimiento, especialistas estiman que la transparencia y la comparación entre empresas generarán un importante incentivo reputacional para cumplir con la obligación.

El reporte anual deberá incluir:

  • porcentaje de mujeres en la organización;
  • participación femenina en cargos de responsabilidad;
  • indicadores sobre liderazgo femenino;
  • antecedentes de brecha salarial;
  • medidas de conciliación entre vida laboral, familiar y personal;
  • acciones implementadas para promover la equidad de género.
  • elaborarse cada año;
  • enviarse electrónicamente durante marzo a la Dirección del Trabajo;
  • ser remitido por ésta al Comité Interministerial para la Igualdad de Derechos y la Equidad de Género y al Consejo Superior Laboral;
  • permanecer disponible para consulta pública en el sitio web de cada empresa.

El contenido técnico definitivo dependerá de una resolución del Ministerio del Trabajo, elaborada previo informe del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género; y la Dirección del Trabajo tendrá un rol relevante en la interpretación y aplicación práctica de la normativa.

Implicancias para la minería

La minería es uno de los sectores más impactados por esta legislación, ya que el umbral de aplicación baja de 200 a 50 trabajadores, incorporando a numerosas empresas medianas y contratistas.

Las compañías deberán fortalecer sus sistemas de gestión de personas para recopilar y reportar indicadores relativos a:

  • participación femenina en la dotación;
  • presencia de mujeres en cargos de liderazgo y supervisión;
  • brechas salariales;
  • conciliación trabajo-familia;
  • políticas de inclusión y desarrollo de talento femenino.

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