MPD Compliance: Justicia exige a Dirección del Trabajo cumplir plazos de investigación en Ley Karin

  • La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió un recurso de protección presentado por la empresa Inversiones Pascuala SPA contra la Dirección Regional del Trabajo (DT) por no cumplir con el plazo legal de 30 días hábiles establecido en la Ley Karin (Ley N°21.643) para finalizar investigaciones por denuncias de acoso laboral y/o sexual.

El fallo judicial es revés para la DT y un sienta un precedente importante, al reconocer que la omisión en el cumplimiento del plazo genera incertidumbre y prolonga injustificadamente medidas cautelares como la separación de espacios laborales y apoyo psicológico.

La Dirección del Trabajo argumentó que la sobrecarga de denuncias, la falta de recursos y el ausentismo por licencias médicas constituyen una “fuerza mayor” que impide cumplir con los plazos.

Sin embargo, la Corte rechazó esa justificación subrayando que se trata de una materia urgente que requiere resolución expedita.

Abogados laborales valoraron el fallo como un llamado de atención necesario y una señal clara sobre la obligatoriedad de los plazos en la Ley Karin, enfatizando además la necesidad de reforzar los recursos humanos y operativos de la DT.

 Implicancias:

  • Se refuerza el carácter perentorio del plazo de 30 días establecido por la Ley Karin.
  • Se visibiliza una brecha crítica entre el mandato legal y la capacidad operativa de la Dirección del Trabajo.
  • Se genera jurisprudencia que podría impulsar futuras acciones legales de empleadores frente a demoras administrativas.
  • Se instala la necesidad urgente de fortalecer institucionalmente la DT para cumplir con su rol fiscalizador.
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