Contraloría aprueba ejes centrales del reglamento de la Ley Karin
La Contraloría aprobó los ejes centrales del reglamento de la Ley Karin, que establece directrices para prevenir el acoso sexual, laboral y la violencia en el trabajo.
Proceso de denuncia
Las denuncias pueden ser presentadas de forma verbal o escrita ante el empleador o la Dirección del Trabajo, y deben contener información detallada sobre los hechos y las personas involucradas.
Cuando la denuncia involucra a gerentes o administradores, debe ser derivada a la Dirección del Trabajo.
Al recibir una denuncia, se debe dar especial protección al afectado.
Las denuncias verbales deben ser registradas por escrito y se debe proporcionar una copia al denunciante.
No se permitirá un control de admisibilidad en los procedimientos de investigación.
Medidas de resguardo
El empleador debe adoptar medidas inmediatas de resguardo según la gravedad de los hechos, como la separación de espacios físicos y atención psicológica temprana.
Investigación
La persona a cargo de la investigación debe analizar las denuncias y garantizar que todas las partes sean escuchadas.
Se debe mantener un registro escrito de toda la investigación.
Las denuncias inconsistentes deben ser complementadas con información adicional proporcionada por el denunciante en un plazo razonable.
Plazos
La investigación debe concluir en 30 días desde la presentación de la denuncia.
El empleador debe enviar el informe a la Dirección del Trabajo dentro de dos días de finalizada la investigación.
La Dirección del Trabajo tiene 30 días para pronunciarse sobre el informe.
Si no lo hace, se considerarán válidas las conclusiones del informe del empleador.
Sanciones
El empleador debe aplicar las medidas o sanciones correspondientes dentro de 15 días tras recibir el pronunciamiento de la Dirección del Trabajo o cuando esta no se pronuncie.
Las sanciones deben estar de acuerdo con el artículo 160 del Código del Trabajo, y la persona sancionada puede impugnar la decisión ante un tribunal competente.