Tribunal Ambiental condenó a minera Pampa Camarones por daño ambiental irreparable
Demanda interpuesta por el Consejo de Defensa del Estado:
La sentencia declara que la empresa actuó de manera "culposa" al generar la pérdida de 15 hectáreas de material arqueológico y la obliga a reparar los daños.
De forma unánime, el Tribunal Ambiental de Santiago acogió la demanda de reparación por daño ambiental interpuesta por el Estado de Chile en contra de la minera Pampa Camarones. Los magistrados concluyeron que la empresa causó daños irreparables en 15 hectáreas de patrimonio arqueológico y la condenaron a repararlos.
La demanda presentada por el Consejo de Defensa del Estado, en marzo de 2016, alegaba que la compañía provocó un grave daño ambiental al ejecutar obras sin cumplir la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) que aprobó el proyecto ubicado en la Región de Arica y Parinacota.
Además, la sentencia determinó que Pampa Camarones actuó de manera "culposa", ya que realizó intervenciones sin cumplir con lo establecido en su RCA y sin la autorización del Consejo de Monumentos Nacionales.
En 2015, la Superintendencia de Medio Ambiente ya había sancionado a la minera con una multa de alrededor de $2.000 millones por los perjuicios causados al patrimonio arqueológico. Lo anterior fue ratificado por la Corte Suprema, luego que la empresa interpusiera un recurso de casación.
La sentencia del Tribunal Ambiental detalla que "existen antecedentes suficientes para concluir la acción culposa de Pampa Camarones SpA" y agrega que "si se hubiese cumplido cabalmente con lo dispuesto en la RCA 29/2012, no se habría configurado una pérdida, disminución o detrimento significativo al patrimonio arqueológico".
Medidas de reparación
Es primera vez que el tribunal capitalino declara "daño irreparable" y la sentencia contra la minera incluye un Programa de Reparación por Compensación, que tendrá que ejecutar la empresa, previa aprobación del Consejo de Monumentos Nacionales.
Este incluye un análisis espacial y de distribución de materiales arqueológicos por determinar; la habilitación de una Sala de Exhibición de los resultados de la investigación arqueológica, con una propuesta museográfica elaborada por un equipo profesional; un Estudio Arqueológico Integral de las 200 hectáreas emplazadas en la dirección norte del área de la mina; un documento de difusión de los trabajos arqueológicos y sus resultados, destinado a la comunidad; y la instalación de señalética que informe de la existencia de materiales arqueológicos en la zona del proyecto, entre otras medidas.
Contactada por "El Mercurio", Minera Activa, actual dueña de Pampa Camarones, no emitió respuesta hasta el cierre de esta edición.
Durante el proceso judicial la empresa efectuó una prevención preliminar, referida a que se transformó, en enero de 2016, en una Sociedad por Acciones.
Además, declaró que "(…) en caso alguno pudo haber estado en conocimiento de que aquella parte del sitio intervenido hubiera contenido eventos arqueológicos 'únicos, irreemplazables e irrepetibles', con la consecuente pérdida de patrimonio cultural asociada que se le imputa", y que los informes arqueológicos citados dan cuenta de que el sitio que sufrió daños "(…) era de composición arqueológica homogénea" y que, por lo mismo, la autoridad administrativa solo requirió una muestra aleatoria de 20% de la superficie de dicho sitio arqueológico, no distinguiendo, al interior de dicho sitio, entre una u otra zona.
Agregó que habiendo recolectado lo exigido por la RCA, "tal historia cultural no pudo haberse perdido" y que "los efectos de dicha intervención formaban parte del impacto previsto y autorizado".
- Multa
La Superintendencia de Medio Ambiente ya cursó una multa de$2 mil millones en 2015.
FUENTE: El Mercurio
Fecha: 11/04/2018