ESG, sustentabilidad y medioambiente

Nuevos criterios sobre contaminación lumínica

  • El Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), en concordancia con la Ley N°19.300, ha definido nuevos criterios para proteger las zonas de observación astronómica de la contaminación lumínica.

Con el objetivo de preservar la calidad de los cielos nocturnos y el valor científico de las áreas astronómicas y definir criterios para cuando las emisiones de luminosidad artificial pueden afectar áreas astronómicas, el SEA ha emitido una nueva normativa para cumplir con los criterios internacionales de brillo del cielo.

De acuerdo a esas normas, el brillo natural del cielo se establece en 22 mag/arcsec² y el de un cielo contaminado el brillo que excede en un 10% el brillo natural, en un ángulo de 45º (21,5 mag/arcsec²).

Las empresas deberán presentar un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) para evaluar y mitigar los impactos de la contaminación lumínica y la normativa indica los requisitos mínimos para estandarizar la información sobre emisiones de luz artificial para las DIA y los EIA.

Áreas Astronómicas Declaradas

Las Regiones de Antofagasta, Atacama y Coquimbo son reconocidas como áreas astronómicas específicas que requieren protección especial contra la contaminación lumínica.

Dentro de la Región de Antofagasta, se declaran como áreas astronómicas las comunas de:

  • Antofagasta,
  • Calama,
  • María Elena,
  • Mejillones,
  • Ollagüe,
  • San Pedro de Atacama,
  • Sierra Gorda, y
  • Taltal.
Recomendaciones

Para el cumplimiento de los nuevos estándares la Industria Minera deberá:

  • Utilizar tecnologías de iluminación eficiente y direccional para minimizar la dispersión de luz hacia el cielo.
  • Monitorear en forma continua de las emisiones de luminosidad y ajuste de medidas de mitigación según sea necesario.
  • Colaborar con autoridades ambientales y astronómicas para implementar medidas de mitigación efectivas.
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