Advierten que mineras con pérdidas podrían llegar a pagar tributos con nuevo royalty

Reforma considera un nuevo sistema híbrido para el sector

Sorpresa causó en la industria minera la propuesta del Gobierno para implementar un nuevo royalty minero, incluido en el marco de la reforma tributaria, y en la que finalmente se insistió en instaurar un cobro ad valorem para las empresas.

El Gobierno apunta a aplicar este royalty a productores sobre las 50.000 toneladas métricas de cobre fino al año, sin hacer mención, hasta el momento, si se incluirán otros minerales, como el litio.

De acuerdo con estimaciones del Ministerio de Hacienda para proyecto que aumenta gravamen la carga tributaria de Chile, con royalty, superará a la de Perú si precio del cobre sube de US$ 3,7 la libra.

Royalty combinará componente de ventas y otro sobre la renta minera

Se establece un nuevo royalty a la gran minería, que va a permitir una distribución de las rentas de recursos no renovables.

El royalty aumenta la tributación de la gran minería del cobre, definida como aquellos explotadores de cobre con producción mayor a 50.000 toneladas métricas de cobre fino al año.

El tema que levantó más polémica es la insistencia de un componente sobre las ventas, que oscilará entre tasas efectivas entre 1 % y 2% para los productores entre 50 mil y 200 mil toneladas, y entre 1% y 4% para aquellos con más de 200 mil toneladas.

El Consejo Minero señaló que, preliminarmente, «se trata de una propuesta dañina para el sector en el mediano y largo plazo«. El gremio de las grandes mineras considera que, con los datos que se conocen, la propuesta «daña gravemente la competitividad de la industria minera y, por consiguiente, no generará un mayor aporte al país de manera sostenida».

«El Gobierno, en su presentación, señaló que con la propuesta el Estado captura alrededor de dos tercios de la renta económica. Esta carga tributaria de cerca de 66% escapa de todo margen razonable de competitividad tributaria con otros países mineros a nivel internacional, la que se sitúa en torno a un 40%. Con la propuesta del Gobierno, tal como se conoce hasta hoy, habrá un rotundo desincentivo a la inversión en minería en Chile».

Sonami  sostuvo que gravar las ventas de la industria es un impuesto regresivo que afecta más a las mineras pequeñas y a las de costo más alto, disminuyendo la competitividad del sector. «El sector minero siempre ha estado disponible para conversar y aportar en el financiamiento del mayor gasto social que contempla el programa del actual Gobierno, pero creemos que es complicado aplicar una reforma tan ambiciosa en un escenario de alta inflación y señales de recesión económica».

La consultora CRU dijo que no le sorprende la creación de un cobro ad valorem, lo que ya había sido adelantado por el Ejecutivo, pero reparó en los efectos de esta propuesta. «No es una buena estructura, porque puede ser que a precios bajos se tenga que pagar un royalty, pese a que la operación esté perdiendo plata. Esto no es sano para ningún industria, porque los impuestos, en general, son a las utilidades, o a los márgenes operacionales«.

De acuerdo al estudio Impuesto Específico a la Minería (IEM) realizado por el CEP en 2021, la actual tasa es de entre el 5% y el 35% sobre la renta operacional de la empresa, con una tasa promedio de entre el 5% y el 14%.

El informe destaca que en Perú se cobran dos impuestos específicos al sector minero. Uno tiene tasas nominales desde el 2% hasta el 8,4%. El segundo es uno cuyo impuesto a pagar es el mayor entre impuestos progresivos de entre el 1% y el 12% de las rentas operacionales trimestrales o el 1% de las ventas brutas.

Cuando los royalties se aplican sobre las rentas operacionales, en general las tasas van desde el 1,25% (Arizona, Estados Unidos) hasta el 13% (Columbia Británica, Canadá). Salvo en Quebec (Canadá), en los demás casos las tasas son uniformes y no dependen de los márgenes operacionales.

“Por lo tanto, la tasa promedio puede ser mayor o menor a la de Chile, dependiendo del margen operacional de la empresa. En los casos en donde se aplica el impuesto sobre las ventas brutas las tasas van desde el 2% al 5%. Adicionalmente, existen ciertas excepciones o deducciones adicionales que dependen de cada caso en particular”, dice el documento.

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