MPD: Ley Karin: reingresan Reglamento que aborda denuncias de mala fe
- El Gobierno ingresó a la Contraloría General de la República una modificación al reglamento de la Ley N.º 21.643 (Ley Karin) que busca corregir la sobrecarga administrativa, la lentitud de las investigaciones y la tramitación de denuncias que no corresponden a situaciones de acoso laboral, sexual o violencia en el trabajo.

El cambio más significativo es la búsqueda de una mayor precisión en el tratamiento de las denuncias, diferenciando entre casos de acoso, conflictos laborales de otra naturaleza y denuncias deliberadamente maliciosas.
Para las empresas, especialmente aquellas de alta complejidad operacional como las mineras, el nuevo reglamento podría facilitar una gestión más eficiente y jurídicamente consistente de los procedimientos internos.
Implicancias para la industria minera
Las modificaciones son especialmente relevantes para organizaciones con grandes dotaciones, múltiples contratistas y operaciones distribuidas territorialmente, como ocurre en la minería.
- Gestión de denuncias. Las áreas de Recursos Humanos, Relaciones Laborales y Cumplimiento deberán revisar sus procedimientos internos para incorporar las nuevas reglas cuando entren en vigencia.
- Prevención de conflictos. La reconducción permitirá distinguir mejor entre situaciones de acoso y otros conflictos laborales, evitando utilizar un mismo procedimiento para materias de distinta naturaleza.
- Protección de denunciantes y denunciados. Los nuevos criterios sobre mala fe refuerzan la necesidad de investigaciones objetivas, confidenciales y respetuosas del debido proceso.
- Eficiencia administrativa. La eliminación de investigaciones duplicadas podría reducir costos, tiempos y carga de trabajo de los equipos investigadores.
- Empresas contratistas. La coordinación entre mandantes y contratistas seguirá siendo relevante para asegurar que las denuncias se gestionen conforme a las responsabilidades legales correspondientes.
- Capacitación de investigadores y jefaturas. Será necesario actualizar conocimientos sobre recepción de denuncias, medidas de resguardo, reconducción y evaluación de antecedentes.
Propuesta
La propuesta, contenida en el Decreto N.º 91 del Ministerio del Trabajo, de 7 de septiembre de 2026, introduce cambios orientados a simplificar procedimientos, fortalecer las garantías de las personas involucradas y mejorar la eficiencia de las investigaciones.
Entre las principales modificaciones orientadas s equilibrar la protección efectiva de las víctimas, el debido proceso de los denunciados y una gestión más eficiente de los conflictos laborales destacan:
- Denuncias de mala fe: se establecen criterios estrictos para determinar cuándo una denuncia fue presentada deliberadamente con información falsa o con intención de perjudicar.
- Denuncias incompletas: se permite solicitar antecedentes adicionales sin impedir el inicio del procedimiento.
- Reconducción de denuncias: los conflictos que no correspondan a la Ley Karin podrán derivarse a otros procedimientos, con consentimiento escrito del denunciante.
- Investigaciones duplicadas: se evita iniciar procedimientos paralelos por los mismos hechos y entre las mismas partes.
- Modernización administrativa: se contempla una plataforma electrónica centralizada para gestionar antecedentes.
Denuncias de mala fe
Una de las modificaciones más relevantes y que impone criterios más exigentes es la regulación expresa de las denuncias maliciosas.
Para impedir sanciones injustificadas contra denunciantes y, al mismo tiempo, abordar posibles abusos del procedimiento, se propone que para evaluar eventuales sanciones disciplinarias deberán existir antecedentes objetivos, graves, precisos y concordantes que permitan establecer que la denuncia fue presentada a sabiendas de su falsedad; con intención deliberada de perjudicar a la persona denunciada; y con el propósito de obtener beneficios indebidos.
Reconducción de conflictos laborales
El nuevo artículo 28 permite que el empleador proponga tramitar mediante otro procedimiento interno aquellas denuncias cuyos hechos no correspondan a acoso sexual, laboral o violencia en el trabajo, para lo cual se requiere una determinación fundamentada del empleador; información clara sobre el procedimiento alternativo; y consentimiento previo y escrito de la persona denunciante.
Eliminación de investigaciones duplicadas
La medida busca reducir la carga administrativa, evitar investigaciones paralelas y mejorar la coherencia de las decisiones.
Aspecto importante para las personas y para las empresas es que mientras la Contraloría no concluya su revisión y el Decreto no sea publicado y entre en vigencia, las empresas deben continuar aplicando el reglamento actualmente vigente.










