Decisión de la Dirección del Trabajo abre nuevo foco de judicialización:
Dictamen que prohíbe el uso de máquinas para reemplazar huelguistas llegaría a tribunales
Abogados laborales cuestionaron el texto que la DT emitió el miércoles y advirtieron que se cerró la puerta sin distinciones adecuadas, sin otorgar criterios objetivos ni tampoco algún matiz.
La incertidumbre de si el uso de máquinas puede ser considerado como reemplazo cuando los trabajadores están en huelga, quedó zanjada a través de un dictamen emitido por la Dirección del Trabajo este miércoles.
El texto de 12 páginas, que responde a la consulta realizada a la DT por el futuro ministro del Trabajo, Nicolás Monckeberg, señala que la utilización de medios tecnológicos automatizados para sustituir trabajadores en huelga, sí constituye una conducta ilícita.
Esto porque podría ser considerado reemplazo de trabajadores, figura que quedó eliminada de la normativa laboral, quedando solo la posibilidad de recurrir a servicios mínimos y equipos de emergencia para proteger los bienes de la empresa, impedir emergencias ambientales o asegurar la continuidad de los servicios de utilidad pública.
Sin embargo, ahora se abre un amplio espacio de discusión legal sobre el tema, toda vez que las empresas podrían recurrir a tribunales para relativizar el alcance del dictamen de la DT o, al menos, encontrar matices.
Christian Melis, director de la Dirección del Trabajo, argumenta que "la utilización por parte de la empresa de un sistema automatizado, con ocasión y como respuesta a la huelga, cuyo resultado es eludir o mitigar sus naturales efectos, determinaría un ejercicio abusivo de las potestades empresariales y una conducta contraria a derecho, desde que tal medida empresarial incumple las condiciones que impone la ley".
Dictamen no hace distinciones
Abogados laborales, no obstante, advierten que la prohibición de la DT hará que, en definitiva, sean los tribunales de justicia quienes determinen cuándo se considerará reemplazo en huelga o no, transformándose esta materia en un nuevo foco de judicialización, así como ya lo ha sido la calificación de los servicios mínimos.
Fernando Arab, ex subsecretario del Trabajo, señala que "serán en definitiva los tribunales de justicia quienes deberán calificar si este tipo de conductas pueden o no ser calificadas como reemplazo ilegal".
Por su parte, Carlos Gutiérrez, abogado de Uribe Hübner & Canales, afirmó que el dictamen cerró la puerta sin distinciones adecuadas al remplazo por automatización y medios tecnológicos. Y agregó que "no otorgó criterios objetivos o algún matiz, como pudo ser la época de propiedad del medio (si las máquinas estaban disponibles en la empresa antes de la huelga) o condiciones referentes a los sistemas de automatización, limitando todo derecho al empleador".
Para el ex director del trabajo, Marcelo Albornoz, la reforma laboral "dejó muchos cabos sueltos que han significado innecesarias confusiones y conflictos de interpretación. Entonces, era obvio que íbamos a tener bastante judicialización de los temas más relevantes de la ley tales como servicios mínimos, grupos negociadores, reemplazo en huelga, etc."
Y agrega que "igualmente resulta discutible que el ilícito de reemplazo pueda ser realizado por máquinas, pues el tenor literal de la norma habla de 'trabajadores reemplazantes', por lo que resulta cuestionable si aquel concepto puede ser extendido a máquinas".
Fuente: El Mercurio
Fecha: 26/1/2018