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Ejecutivo anuncia que ingresará indicaciones a iniciativa que exige RCA a proyectos antiguos
Preocupación ha generado en diversas industrias el acuerdo alcanzado entre los comités del Senado para poner en tabla la votación de la moción parlamentaria que busca exigir Resolución de Calificación Ambiental (RCA) a los proyectos evaluados o aprobados con anterioridad a la creación de la actual institucionalidad ambiental (1997), luego de que el Gobierno pusiera suma urgencia a la iniciativa.
El proyecto establece que aquellas iniciativas que no cuenten con RCA tendrán un plazo fatal de 12 meses para su obtención, desde la publicación de esta modificación, conforme a los requisitos y procedimientos establecidos en esta ley y su reglamento, lo que resulta prácticamente imposible con los plazos que maneja la autoridad ambiental.
Maisa Rojas, ministra del Medio Ambiente, señaló estar de acuerdo con el fondo del proyecto, pero que ve necesario ingresar indicaciones para que este sea viable.
Gremios en alerta
La sorpresiva programación de la votación del proyecto generó alerta en diversas organizaciones gremiales, producto del impacto que podría tener en varios sectores productivos el que se aprobara la iniciativa tal como está.
Desde Sonami apuntaron que es difícil cumplir con el plazo establecido, considerando que una RCA demora entre 2 y 5 años en su tramitación. «No se precisa tampoco qué ocurrirá con los proyectos que sean rechazados o que requieran adoptar medidas de mitigación o cambios. Es una nueva señal de incertidumbre para la actividad productiva con chimenea«, aseguró Diego Hernández.
Javier Tapia, director ejecutivo de la Asociación de Transmisoras de Chile señalaron que «se visualizan varios problemas, tanto para la institucionalidad estatal como para las empresas, entre ellos: la factibilidad real de cumplir con plazos muy acotados como los propuestos y la capacidad humana y económica del Estado para poder llevar adelante nuevos procesos de calificación ambiental, en un contexto en que ya existen importantes retrasos en los tiempos de tramitación de permisos para nuevos desarrollos».
La actual normativa ambiental se encuentra en funcionamiento desde 1997.
Ministra de Medio Ambiente oficia al SEA para que revise permisos de proyecto minero Salares Norte, de la sudafricana Gold Fields
Ministra de Medioambiente, Maisa Rojas, solicitó por oficio dirigido a la directora ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) iniciar la revisión de los permisos ambientales del proyecto Salares Norte, propiedad de la minera sudafricana Gold Fields, cuya inversión supera los US$ 860 millones.
El documento destaca que la iniciativa ha causado la muerte de al menos dos ejemplares de chinchillas y tres ejemplares de zorro culpeo. De acuerdo al documento enviado por la ministra el programa de protección y traslado de especies ha tenido una serie de deficiencias que derivaron en una formulación de cargos por parte de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y la presentación de un programa de cumplimiento de la minera.
«Considerando la gravedad de los hechos transcritos y la afectación cierta de especies de estado de conservación ‘crítico’, se solicita tenga presente lo informado para efecto de iniciar de oficio la revisión de la RCA N’153, de 2019, que aprueba ambientalmente el proyecto», sostiene el oficio de la ministra Rojas.
La decisión del ministerio levantó dudas entre expertos ambientales, principalmente porque la facultad de revisar los permisos ambientales es exclusiva del SEA y puede ser realizada de oficio por la entidad, a petición del titular del proyecto o de un tercero directamente.
A juicio de expertos, esta solicitud sería “una intromisión destemplada que no está amparada en ninguna competencia», según el abogado Jorge Cash, jefe del Área de Medio Ambiente de Elías Abogados.
Para Alejandro Montt abogado socio de Dalgalarrando y Cía., “Es una señal que hay que tomar en cuenta y ver los próximos pasos de esta administración, con el objeto de revisar los fundamentos de estas revisiones y su impacto en muchos proyectos que podrían sufrir nuevas revisiones de criterios».
Montt advierte que «no sería una buena señal para proyectos que ya tienen sus RCA otorgadas el que se los amenace de esta forma, considerando que hay múltiples mecanismos en la ley para remediar variaciones en el impacto, y teniendo al artículo 25 quinquies como una herramienta más, pero no la más relevante ni la que debe aplicarse a todos los casos».
Martín Astorga, socio de Caricia Diez Pérez-Cotapos, señala que «lo que llama la atención en el contenido de esta comunicación, es que las atribuciones del MMA en esta materia son más bien normativas y no de control o evaluación, atribuciones que son propias del SAG o de la SMA, por lo que algunos podrían entender que el informe del MMA está siendo emitido en materias que no son propias de su competencia».
Corte Suprema confirma clausura en contra de Pascua Lama
- Máximo Tribunal rechazó recursos de casación presentados en oposición a la sentencia del Tribunal Ambiental.
La Corte Suprema dio a conocer su veredicto, mediante el cual puso punto final al fallido proyecto minero de oro y cobre Pascua Lama, ubicado en la Región de Atacama.
La superintendencia del Medio Ambiente manifestó que el fallo ratifica la sentencia del Primer Tribunal Ambiental que confirmó la clausura definitiva del proyecto Pascua Lama por incumplimientos a medidas urgentes y transitorias de mitigación del proyecto minero de propiedad de la Compañía Minera Nevada, filial de la canadiense Barrick.
Para el cumplimiento de la sanción de clausura existe un cronograma de cierre que requiere un nuevo ingreso a evaluación ambiental y trámites ante el Sernageomin, cuyo cumplimiento será vigilado en sus diversas etapas.
Entre los trámites pendientes está dictar una nueva resolución que tendrá que recalificar infracciones que pueden terminar en la aplicación de nuevas multas a la empresa por cargos que se relacionan con flora, fauna, calidad de las aguas, glaciares y medio humano, entre otros.
En 2018, la Superintendencia de Medio Ambiente levantó 33 cargos en contra del proyecto minero ubicado en la Región de Atacama. En su momento, se aplicaron diversas multas a un total de 24 infracciones, las que sumadas alcanzan la cifra de 12.360 UTA, unos US$ 11,5 millones de la época.
Relaves menores a 100 millones de toneladas podrán ser inscritos hasta el 28 de julio
Aplica a todos aquellos depósitos que cumplan la condición de haber iniciado su depositación y no haber comenzado la ejecución de su plan de cierre y que, a la vez, cuenten con al menos con una RCA favorable.
El Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin), la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) y la Dirección General de Aguas (DGA), entre otros, han desarrollado múltiples iniciativas en materia de fiscalización para asegurar un correcto manejo y tratamiento de residuos asociados a la minería.
Entre éstos, la nueva “Instrucción general para la vigilancia ambiental del componente agua en relación a depósitos de relaves”, que establece que, hasta este 28 de julio, las empresas mineras que no hayan comenzado con su plan de cierre de relaves menores a 100 millones de toneladas, deberán inscribirlos.
El proceso es el mismo que se aplicó en abril de este año para los relaves de mayor tamaño (más de 100 millones de toneladas).
Esta normativa busca establecer un estándar de monitoreo común a nivel nacional con énfasis en el componente “agua”, para vigilar la estabilidad física y química de las instalaciones con el uso de las últimas tecnologías informáticas disponibles, y aplica a todos aquellos depósitos que cumplan la condición de haber iniciado su depositación y no haber comenzado la ejecución de su plan de cierre y que, a la vez, cuenten con al menos con una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable.
Luego del registro de relaves dentro del plazo antes mencionado (28 de julio), las empresas deberán iniciar el reporte electrónico (para datos discretos) y finalmente la conexión en línea (para datos continuos), según corresponda.