Permisología
Principales etapas del proceso para obtener una Resolución de Calificación Ambiental (RCA)
I. Previo a la tramitación ambiental

1. Obtener acceso al lugar donde se quiere desarrollar el proyecto
- En el caso de la minería, en este paso se tramitan las servidumbres y los contratos con el fisco.
2. Preparación para pedir permiso ambiental
- Por ejemplo. Permiso de intervención de especies a la Conaf para realizar campañas de levantamiento de información de fauna.
3. Elaborar el EIA o el DIA
- Si se prevé que el proyecto tendrá un impacto ambiental significativo se ingresa un Estudio de Impacto Ambiental (EIA).
- Si no, basta con una Declaración de Impacto Ambiental (DIA).
II. Ingreso al Sistema de Evaluaclón de Impacto Ambiental (SEIA)

El servicio de Evaluación Ambiental (SEA) de la Región donde se encuentra el proyecto convoca a los organismos que se deban pronunciar sobre el impacto ambiental, lo cual depende de los permisos solicitados.
Ejemplos de organismos: Conaf, Consejo de Monumentos Nacionales, DGA, Sernageomin, SAG, Gobernación Marítima
X – Término anticipado
- Un proceso excepcional en el que se termina la tramitación ambiental, por ejemplo, sí SEA determina que la información es insuficiente para calificarlo. Fija un plazo de 40 días para informarse el rechazo.
√ – Proceso
- Los organismos se pronuncian sobre si el proyecto cumple con la normativa ambiental y si las medidas de mitigación, reparación o compensación propuestas son suficientes. Los organismos pueden solicitar aclaraciones, rectificaciones o hacer observaciones.
- El SEA reúne las solicitudes de los organismos en el ICSARA y lo enviado al titular del proyecto.
- El titular del proyecto responde a los comentarios mediante una adenda.
- Si aún quedan aclaracíones u observaciones, se emite un segundo o tercer ICSARA.
III. Informe consolidado de Evaluación (ICE):

- Consolida las observaciones realizadas y los antecedentes del provecto.
El ICE se vota en la Comisión de Evaluación (COEVA) de la Región del proyecto o en la Dirección Ejecutiva del SEA, si el proyecto abarca múltiples Regiones.
√ – Si se aprueba, se obtiene la Resolución de Calificaclón Ambiental (RCA).
X – Si se rechaza, el titular del proyecto puede reclamar ante el Comité de Ministros, si se trata de un EIA o ante el Director Ejecutlvo del SEA, si se trata de una DIA.
√ 1 – Si se acoge el reclamo, se obtiene la RCA.
X 2 – Si no se acoge el reclamo el titular puede apelar ante un Tribunal Ambiental o puede retrotraer el proceso una etapa anterior.
IV. Aprobación de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA)

Reclamos ante la justicia
- Municipalidades, agrupaciones de vecinos u ONGs pueden reclamar si estiman que sus observaciones no fueron consideradas durante la evaluación ambiental.
Los ciudadanos deben presentar un recurso administrativo al SEA
- El SEA puede determinar revocar la RCA o retrotraer a un proceso anterior
X – Si el SEA rechaza el recurso, los ciudadanos pueden apelar a un Tribunal Ambiental
- Si el Tribunal Ambiental rechaza el recurso, los ciudadanos pueden continuar apelando a la Corte Suprema.
V. Autorizaciones posteriores

Los permisos «puramente ambientales» se obtienen junto con la RCA.
Permisos ambientales mixtos
- Existen permisos ambientales mixtos donde el titular del proyecto debe tramitar una porción de Ia autorización ante una autoridad sectorial por aspectos que no se cubrieron en la tramitación ambiental.
- Edificación. Autorizaciones que se deben obtener antes de iniciar la construcción, como el permiso de edificación ante Dirección de Obras Municipales.
- Hallazgos. Durante la etapa de construcción del proyecto pueden haber hallazgos no previstos, de tipo arqueológicos que necesiten permiso del Consejo de Monumentos Nacionales.
- Recepción de las obras construidas. Antes de la entrada en operación se deben obtener los permisos para que el proyecto empiece a operar.
Consulta pública para el Reglamento de Tramitación de Iniciativas de Inversión
- El Ministerio de Economía inició una consulta pública para el reglamento de tramitación de iniciativas de inversión, en el marco de la Ley Marco de Autorizaciones Sectoriales, vigente desde septiembre pasado.
El reglamento definirá cómo los proyectos podrán postular y ser calificados como estratégicos, estableciendo criterios, plazos y mecanismos de evaluación, para que aquellos que obtengan dicha calificación accedan a un régimen especial que reduzca los tiempos de tramitación.
El proceso de consulta pública, que pertenece a una segunda etapa en la implementación de la ley, debería servir al ajuste del diseño reglamentario, antes de su entrada en vigencia definitiva.











