Laborales
Precisan infracciones por las que pueden ser multadas las empresas por la Ley Karin
- Con la entrada en vigencia de la Ley Karin, la Dirección del Trabajo actualizó las sanciones que se aplicarán a infracciones relacionadas con la prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo.
Infracciones Claves
- No informar semestralmente a los trabajadores sobre los canales para denunciar acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo.
- No comunicar las instancias estatales para denunciar incumplimientos y acceder a prestaciones de seguridad social.
- Elaborar actas de denuncia verbal sin la firma del denunciante, incumpliendo la normativa.
- No adoptar medidas inmediatas de resguardo en casos de acoso durante una investigación.
Multas y Sanciones
Las multas varían según el tamaño de la empresa y la gravedad del hecho.
- Empresas medianas (50-199 trabajadores): Multas de UTM 24 a UTM 40.
- Empresas grandes (más de 200 trabajadores): Multas de UTM 36 a UTM 60.
- Microempresas: Multas de UTM 3 a UTM 5.
- Pequeñas empresas: Multas de UTM 6 a UTM 10.
Investigaciones en Casos de Ejecutivos
- La DT aclaró que si el involucrado es un gerente, administrador, u otro ejecutivo, las investigaciones no deben realizarse dentro de la empresa, sino que deben ser derivadas a la Inspección del Trabajo para mantener la imparcialidad.
- La responsabilidad disciplinaria sigue siendo del empleador una vez que termine la investigación.