Laborales

Precisan infracciones por las que pueden ser multadas las empresas por la Ley Karin

  • Con la entrada en vigencia de la Ley Karin, la Dirección del Trabajo actualizó las sanciones  que se aplicarán a infracciones relacionadas con la prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo.
Infracciones Claves
  • No informar semestralmente a los trabajadores sobre los canales para denunciar acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo.
  • No comunicar las instancias estatales para denunciar incumplimientos y acceder a prestaciones de seguridad social.
  • Elaborar actas de denuncia verbal sin la firma del denunciante, incumpliendo la normativa.
  • No adoptar medidas inmediatas de resguardo en casos de acoso durante una investigación.
Multas y Sanciones

Las multas varían según el tamaño de la empresa y la gravedad del hecho.

  • Empresas medianas (50-199 trabajadores): Multas de UTM 24 a UTM 40.
  • Empresas grandes (más de 200 trabajadores): Multas de UTM 36 a UTM 60.
  • Microempresas: Multas de UTM 3 a UTM 5.
  • Pequeñas empresas: Multas de UTM 6 a UTM 10.
Investigaciones en Casos de Ejecutivos
  • La DT aclaró que si el involucrado es un gerente, administrador, u otro ejecutivo, las investigaciones no deben realizarse dentro de la empresa, sino que deben ser derivadas a la Inspección del Trabajo para mantener la imparcialidad.
  • La responsabilidad disciplinaria sigue siendo del empleador una vez que termine la investigación.
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