Compliance y MPD

Protección de datos personales

  • La nueva normativa contenida en la Ley Nº 21.719, que entrará en vigencia en Chile el 1 de diciembre de 2026, crea un nuevo organismo fiscalizador que contempla severas multas que en casos graves podrán llegar hasta el 4% de la facturación anual de la empresa.

La Agencia de Protección de Datos Personales creada por la ley tendrá facultades de supervisión, sanción y educación en la materia, estableciendo en lo relativo a datos personales, un marco estricto que busca fortalecer los derechos de los ciudadanos y aumentar la responsabilidad de las organizaciones.

Brecha

El gran desafío para las empresas será una adaptación cultural que permita pasar de ver la privacidad como una obligación legal a considerarla como parte integrante de una gestión ética que en forma transparente y responsable proteja los datos personales.

Implementación

El último estudio realizado por PwC Chile revela que, aunque la mayoría de las empresas cree tener tiempo para adecuarse, el nivel real de preparación es bajo:

  • 59% cree que tendrá tiempo suficiente para adecuarse.
  • 23% piensa que no.
  • 18% no sabe.
  • Un 13% se siente muy preparadas.
  • 54% medianamente.
  • 33% poco.
Preocupaciones

Sin embargo, las preocupaciones centrales de las organizaciones, más que en la transformación estructural que la ley exige, se concentran en sanciones y reputación, .

  • 16% señala las multas.
  • 14% el impacto reputacional.
  • 14 % la dificultad de implementación.
  • 9% señala un impacto comercial.
  • 7% el aumento de costos operativos.

 

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